IZQUIERDA UNIDA DE CASTILLA LA MANCHA |
AL
PLENO DE LA CORPORACION LOCALEl Grupo Municipal de Izquierda Unida, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, someto al Pleno de la Corporación
para su toma en consideración, si procede, la presente proposición
para la modificación del Decreto 31/2002 de 26 de febrero que regula la
concesión de indemnizaciones a expresos y represaliados políticos,
que deberá incluirse expresamente como punto del orden del día de la
primera sesión que se convoque.
-EXPOSICION DE MOTIVOS- Las Leyes Generales de Presupuestos del Estado de 1990 y 1992, a
través de sendas disposiciones adicionales, establecieron
indemnizaciones a favor de quienes sufrieron prisión como consecuencia
de los supuestos contemplados en la Ley 46/1977, de 15 de Octubre, de
Amnistía, siempre que se tratara de permanencias en prisión por un mínimo
de tres años, dejando fuera de protección al resto de expresos y
represaliados políticos. El propio Defensor del Pueblo recomendó que las Comunidades Autónomas
que no lo hubieran hecho (hasta hoy ya han dictado normas Navarra,
Asturias, Castilla y León, Aragón, Madrid y Andalucía), tomasen
iniciativas para corregir lo que de agravio comparativo y de injusto
tiene la aplicación de la mencionada norma estatal. Resulta de justicia
que la cobertura de tales indemnizaciones lleguen a los
castellano-manchegos que, habiendo sufrido prisión en los supuestos
contemplados en la citada Ley de Amnistía, no hubieran cumplido los
requisitos exigidos por las mencionadas leyes estatales.
Así el Pleno de las Cortes de Castilla
La Mancha en sesión celebrada el día 30 de Noviembre de 2024 aprobó
la proposición no de ley 05/0501-0089 presentada por diputados/as del
Grupo Parlamentario Socialista por la que se instaba al Gobierno de la
región a que en un plazo no
superior a seis meses elaborara un estudio del número de
castellano-manchegos que afectados por la Ley 46/77, de Amnistía
quedaron fuera de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 1990 y
1992, así como que se adoptaran cuantas disposiciones fueran precisas
para regular la concesión de indemnizaciones en función del tiempo de
permanencia en prisión de los afectados. El pasado 26 de febrero se aprobó el Decreto 31/2002 que recoge dos
fases, una primera fase ejecutiva para aquellos que a pesar de haber
sufrido más de tres años de cárcel pero no tenían 65 años en 1990 y
una segunda fase informativa, que no genera derecho alguno, en la que se
abre una convocatoria pública para los ex – presos y represaliados
que sufrieron privación de libertad por un periodo superior a tres
meses e inferior a tres años, independientemente de su edad y que
pospone la concesión de indemnizaciones a la aprobación de otro
Decreto. Todo ello supone un claro incumplimiento de lo aprobado en las
Cortes regionales en noviembre del año 2024.
Esta norma debería ser el cauce por el
que se testimonie el respeto de la comunidad con aquellas personas que
pasaron, injustamente, una parte de su vida en prisión, y fueron
sometidos a las más penosas ofensas por defender la libertad y los
valores democráticos en Castilla-La Mancha y en España, intentando
mitigar así, en la medida de lo posible, el daño moral y los
perniciosos efectos sufridos por aquellas personas que, por razones
diversas, han resultado marginados y completamente olvidados. Que se trata, en todo caso, de cubrir, de manera definitiva, las
lagunas dejadas por la normativa estatal y atender el bien común de la
sociedad global, en general, y la castellano-manchega, en particular,
que exige recompensar a quienes por luchar por la libertad y el
establecimiento de la convivencia pacífica en España se vieron
privados de su libertad personal. Por todo ello, recogiendo la petición realizada por la Plataforma de Expresos y Represaliados Políticos de Castilla-La Mancha, el Grupo Político de Izquierda Unida propone al Pleno la aprobación de la siguiente: -RESOLUCION- 1º)
El Pleno del Ayuntamiento insta al Consejo de
Gobierno de Castilla-La Mancha a que de forma inmediata modifique el
Decreto 31/2002 de 26 de febrero en los siguientes términos: a)
El Decreto
debe recoger una única fase ejecutiva que incluya a todos los afectados
que hubieran cumplido penas privativas de libertad a partir de un
periodo de un mes. b)
Las cuantías
de las indemnizaciones se establecerán proporcionalmente al número de
meses de encarcelamiento y con una cantidad fija por mes. El importe de
las indemnizaciones debe ser más elevado del reflejado en el Decreto. c)
Añadir en
el art. 1º, “Objeto del Decreto”, que las indemnizaciones se
otorgaran a los afecctados que no accedieron a las compensaciones del año
1990, además de por no cumplir el requisito de la edad, sino también a
aquellos que por problemas burocráticos o desinformación no tramitaron
la solicitud pertinente en aquella convocatoria d)
El artículo
3º debe incluir como beneficiarios, además de los afectados, cónyuges
viudos e hijos minusválidos, a cualquier heredero o familiar directo
(hijos, hermanos, nietos). e)
Suprimir el
punto 3 del art. 3º en el que se exige el empadronamiento en un
municipio de Castilla la Mancha un año antes de la aprobación del
Decreto o, en su caso, de la fecha de su fallecimiento. f)
Incluir
referencia sobre los periodos que los afectados estuvieron presos o
encerrados en recintos improvisados antes de ser trasladados a cárceles
oficiales. g)
El plazo máximo
para resolver y notificar la resolución de los procedimientos
administrativos (artículo 10.2) no será superior a un mes desde la
fecha del registro de la solicitud. h)
El Decreto
debe concretar la Disposición final primera e incluir el desarrollo y
extensión de una campaña de información que llegue al conjunto de
personas que puedan ser beneficiarias de indemnizaciones, al mismo
tiempo que se deben ponerse a disposición de los posibles beneficiarios
todos los medios informativos, oficinas, delegaciones y trabajadores
sociales de los que dispone la Junta de Comunidades. i)
Publicación
en el D.O.C.M. de los nombres y apellidos de todos los ex – presos y
represaliados políticos de nuestra región durante la dictadura
franquista. 2º) Copia de este acuerdo se hará llegar a la Presidencia de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha. En
a de
de 2024 Fdo: Portavoz Grupo Municipal IU |