IZQUIERDA UNIDA DE CASTILLA LA MANCHA |
AL
PLENO DE LA CORPORACION LOCALEl
Grupo Municipal de Izquierda Unida, al amparo de lo dispuesto en el artículo
97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales, someto al Pleno de la Corporación para su
toma en consideración, si procede, la presente proposición
para concesión de ayudas a expresos y represaliados políticos, que
deberá incluirse expresamente como punto del orden del día de la
primera sesión que se convoque.
-EXPOSICION
DE MOTIVOS- Las
Leyes Generales de Presupuestos del Estado de 1990 y 1992, a través de
sendas disposiciones adicionales, establecieron indemnizaciones a favor
de quienes sufrieron prisión como consecuencia de los supuestos
contemplados en la Ley 46/1977, de 15 de Octubre, de Amnistía, siempre
que se tratara de permanencias en prisión por un mínimo de tres años,
dejando fuera de protección al resto de expresos y represaliados políticos. El
propio Defensor del Pueblo recomendó que las Comunidades Autónomas que
no lo hubieran hecho (hasta hoy ya han dictado normas Navarra, Asturias,
Castilla y León, Aragón y Madrid), tomasen iniciativas para corregir
lo que de agravio comparativo y de injusto tiene la aplicación de la
mencionada norma estatal. Resulta de justicia que la cobertura de tales
indemnizaciones lleguen a los castellano-manchegos que, habiendo sufrido
prisión en los supuestos contemplados en la citada Ley de Amnistía, no
hubieran cumplido los requisitos exigidos por las mencionadas leyes
estatales.
Así el Pleno de las
Cortes de Castilla La Mancha en sesión celebrada el día 30 de
Noviembre de 2024 aprobó la proposición no de ley 05/0501-0089
presentada por diputados/as del Grupo Parlamentario Socialista por la
que se instaba al Gobierno de la región a que en
un plazo no superior a seis meses elaborara un estudio del número
de castellano-manchegos que afectados por la Ley 46/77, de Amnistía
quedaron fuera de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 1990 y
1992, así como que se adoptaran cuantas disposiciones fueran precisas
para regular la concesión de indemnizaciones en función del tiempo de
permanencia en prisión de los afectados. Transcurrido
el plazo de seis meses acordado y otros siete más, sin que tengamos
conocimiento que por el Gobierno Regional se hayan cumplido los
antedichos acuerdos, y debido a que la edad de los afectados no permite
olvidos de ésta naturaleza, y que sigue por tanto siendo urgente y
necesario regular en Castilla La Mancha el derecho a percibir la
correspondiente indemnización para todas aquellas personas que, gozando
de la condición política de castellano-manchego, hubieran sufrido
privación de libertad durante un periodo inferior a tres años o no
cumplan el resto de requisitos exigidos en la normativa estatal.
Que además, la norma
demandada, quiere ser el cauce por el que se testimonie el respeto de la
comunidad con aquellas personas que pasaron, injustamente, una parte de
su vida en prisión, y fueron sometidos a las más penosas ofensas por
defender la libertad y los valores democráticos en Castilla-La Mancha y
en España, intentando mitigar así, en la medida de lo posible, el daño
moral y los perniciosos efectos sufridos por aquellas personas que, por
razones diversas, han resultado marginados y completamente olvidados. Que
se trata, en todo caso, de cubrir, de manera definitiva, las lagunas
dejadas por la normativa estatal y atender el bien común de la sociedad
global, en general, y la castellano-manchega, en particular, que exige
recompensar a quienes por luchar por la libertad y el establecimiento de
la convivencia pacífica en España se vieron privados de su libertad
personal. Por
todo ello, recogiendo la petición realizada por la Plataforma de
Expresos y Represaliados Políticos de Castilla-La Mancha, el Grupo Político
de Izquierda Unida propone al Pleno la aprobación de la siguiente -RESOLUCION- 1º) El Pleno del Ayuntamiento insta al Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha a que de forma inmediata cumpla con los acuerdos derivados de la proposición no de ley 05/0501-0089, aprobada por las Cortes Regionales con fecha 30 de Noviembre de 2024, relativa a elaboración de estudio y reconocimiento de las personas que afectadas por los supuestos de la Ley 46/77 de 15 de Octubre, de Amnistía, quedaron fuera de las disposiciones decimoctavas de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de 1990 y 1992 por no cumplir cualesquiera de los requisitos establecidos en las mismas. 2º)
El Ayuntamiento Pleno insta al Consejo de Gobierno de Castilla-La
Mancha a que elabore una norma que regule la concreción de las
correspondientes indemnizaciones a las personas que resulten
beneficiarias, excluidas por no cumplir los requisitos de la normativa
estatal, que hayan sufrido privación de libertad en establecimiento
penitenciario, definiendo dichas indemnizaciones como prestaciones únicas
y no periódicas en función del tiempo de permanencia en prisión. 3º)
El Pleno Corporativo insta al Consejo de Gobierno de Castilla-La
Mancha a que apruebe con la mayor urgencia posible con cargo al
presupuesto del 2024 la concesión de las indemnizaciones a las personas
afectadas o herederos no incluidas en las leyes estatales. Copia
de este acuerdo se hará llegar a la Presidencia de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha. Fdo: Portavoz Grupo Municipal IU
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